Aportes de seguridad social de independientes se realizará como retención

(El tiempo) Desde junio, los contratantes deberán descontar por derecha las cotizaciones del contratista.

Desde junio próximo, los trabajadores que prestan sus servicios a un empleador como independientes entrarán en un nuevo esquema que asegurará su aporte a la seguridad social con base en todos los ingresos que reciben. En ese mes empieza a regir la norma según la cual cada contratante le descontará por derecha la cotización al sistema de protección, que incluye pago a pensión, salud y riesgos laborales (ARL).

Así está establecido en el decreto 1273 de 2018, que obliga al empleador a aplicar la retención sobre el 40% del valor del contrato pactado, para cubrir el 28,5% correspondiente a su seguridad social –12,5% a salud y 16% a pensión, que es lo básico–.

El cambio será clave, ya que el trabajador hace hoy su aporte una vez, y si tiene varios contratos, presenta el mismo soporte a todas las empresas que lo contratan, pero la ley señala que la cotización es sobre todo su ingreso.

La medida ha sido calificada por algunos expertos como eficiente para el control de la evasión, ya que traería más recursos al sistema, pero desde la perspectiva de la directora de la Unidad de Gestión de Pensiones y Parafiscales (UGPP), Gloria Inés Cortés, es más un tema de equidad y de beneficio para cada colombiano.

“Quien no aporta a la seguridad social se hace un mal a sí mismo. Cotizar es un beneficio, no una carga. Es mejor que no nos comamos toda la plata hoy y pensemos en el futuro” agrega

Y explica que en salud puede que una persona joven no requiera tanto los servicios, pero no está exenta de necesitarlos alguna vez. Y con la pensión es igual, ya que nadie sabe cuándo dejará de tener ingresos por alguna circunstancia.

Plata que no se recibe

Y es que pese a que la seguridad social es una protección para el ciudadano, la evasión está presente. La cifra global que registra la UGPP es del 9%, aun con los avances logrados desde el 2012, cuando era de 27,7%. En el caso de los trabajadores independientes es de 40,3%, lo llevó a adoptar medidas como la que se estrena en junio.

Más aún si la contratación de trabajadores independientes es hoy tan frecuente en el mercado laboral, toda vez que según el Dane, en el trimestre diciembre-febrero, el 43,4 por ciento de los ocupados fueron empleados por cuenta propia (pueden ser formales contratados por prestación de servicio o informales). Los empleadores ya hacen cuentas, y, según Jeisson Ramírez, director de Touché Asesores, hay múltiples inquietudes.

Incluso, el Ministerio de Salud estaría pensando en aplazar el cronograma, pero la entidad dijo que la decisión está en estudio.

Fabián Ignacio Hernández, de la Asociación de Gestión Humana – Acrip Bogotá, señala que las empresas están a la espera de que el Gobierno cambie la Pila (planilla integrada de liquidación de aportes). “Si la Pila no está funcional antes de junio, el ministerio tendrá que posponer la fecha”, dice. Y agrega que el cambio es bienvenido, pues generaría formalidad y “va a ser más difícil hacer trampa, sobre todo cuando tienen varios contratos”.

El mecanismo implicaría que, si un independiente tiene 5 contratos, cada uno por un millón de pesos mensuales, le tendrían que hacer retención por cada uno.

Como la norma señala que la base del aporte es el 40 por ciento, el descuento se haría sobre 400 mil pesos. Sin embargo, la ley también indica que no puede haber una cotización inferior al mínimo. Con esas dos prerrogativas, este independiente terminaría aportando 1’202.000 pesos al mes, es decir, el 24% de su ingreso total.

 

3 preguntas a Gloria Inés Cortés, directora de la Ugpp

Contratistas deben planear distinto
¿Cómo esperan que se cumpla la retención?

La norma es clara y dice que el valor es mensualizado (el de junio lo tengo que pagar en julio, según el día que corresponda de acuerdo con el NIT).

A eso de que pasen dos meses y por la burocracia de las entidades no les paguen hay que ponerle atención. Vamos a poner responsables a los contratistas en unos casos y, en otros casos, a los contratantes, además de otros con culpas compartidas.

Las entidades tienen que hacer ajustes, planear distinto, establecer fechas de corte y condiciones eficientes de cumplimiento para el contratista. Es una cuestión de organización.

 

¿Cómo deben manejar los contratos no recurrentes?
Una de las partes que requiere atención es reportar en forma oportuna las novedades.

Si un independiente trabajó un mes y lo dejan en la lista sin reportar su salida, les va a causar una mora a los empleadores. Nos basamos en la información de las planillas. Si no reportan una novedad, la propia administradora nos reporta como morosos, o reportar una novedad que no corresponde lo hace omiso, y esta es gravísima.

Si reporta una novedad de que ya se le terminó el contrato, ya no lo tengo vinculado y es mentira, ya entra en una omisión, que tiene la sanción más todos los intereses moratorios.

 

¿Cuánto subiría el recaudo?
No es posible establecer ese monto porque no tenemos calculada la evasión por contratos de prestación de servicios, sino como un todo de los independientes. No sabemos cuánto va a contribuir, pero sí va a ayudar enormemente.

 

Obtenido de: El Tiempo